La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó una sentencia que obliga a dos concesionarias a indemnizar a un comprador que adquirió un Chevrolet Onix modelo 2017 con el kilometraje adulterado y una serie de desperfectos técnicos que aparecieron apenas días después de la operación.
El caso se remonta a octubre de 2020, cuando el cliente retiró el vehículo de una concesionaria del conurbano bonaerense tras entregar un auto usado, abonar parte del precio en efectivo y financiar el resto mediante un crédito prendario. Los vendedores habían asegurado que el automóvil tenía bajo kilometraje y se encontraba en óptimas condiciones, promesas que resultaron falsas según la pericia judicial.
A los pocos días de la compra, el vehículo comenzó a presentar fallas en el sistema de arranque y en los frenos, a lo que se sumaron problemas en el catalizador y en distintos componentes mecánicos. El comprador debió afrontar gastos de reparación constantes, lo que motivó la denuncia por estafa y vicios ocultos en la transacción.
El tribunal no solo ordenó una indemnización por los daños sufridos, sino que también aplicó una sanción por daño punitivo, figura que busca castigar la mala fe comercial y desalentar prácticas abusivas en el mercado. Según el fallo, las concesionarias actuaron con “ocultamiento deliberado” del verdadero estado del vehículo.
La resolución fue celebrada por asociaciones de defensa del consumidor, que destacaron la importancia del precedente. “Este fallo demuestra que la Justicia puede proteger al comprador frente a maniobras fraudulentas que lamentablemente son frecuentes en el mercado de autos usados”, señalaron.
Con esta decisión, la Cámara envía un mensaje claro al sector automotor: la manipulación de odómetros y la venta de vehículos con desperfectos ocultos no solo constituye una falta ética, sino que puede derivar en sanciones económicas severas. Para los consumidores, en tanto, representa una herramienta más para exigir transparencia y garantías en cada operación.