Un grave episodio de vulneración y abuso en el ámbito de la salud pública porteña sumó esta semana un fallo judicial que generó indignación. La Justicia condenó al enfermero César Yaicuaré tras comprobarse que manoseó a una paciente en la sala de recuperación del Hospital Fernández, instantes después de que la joven saliera de una intervención quirúrgica y mientras aún se encontraba bajo los efectos anestésicos. No conforme con el sometimiento físico, el profesional le envió insólitos mensajes privados invitándola a salir.
El aberrante hecho ocurrió a mediados de 2023 en las instalaciones del reconocido nosocomio del barrio de Palermo. La víctima, que acababa de atravesar una operación y se hallaba en un estado de absoluta indefensión, notó cómo el enfermero a cargo de asistirla aprovechaba su vulnerabilidad física para tocar de forma indebida sus partes íntimas. El calvario no terminó en el quirófano: horas más tarde, el imputado consiguió el teléfono personal de la joven a través de su historia clínica y comenzó a escribirle para proponerle un encuentro sentimental.
Las pruebas digitales resultaron determinantes para desbaratar las intenciones de impunidad del acusado. Los chats de WhatsApp aportados por la víctima expusieron la insistencia de Yaicuaré, quien intentó minimizar lo ocurrido y entablar un vínculo de extrema familiaridad totalmente fuera de todo protocolo médico. Frente a la contundencia de las capturas de pantalla presentadas ante la fiscalía, el intento de explicación formulado por el enfermero durante la investigación terminó cayendo por su propio peso.
A la hora de defenderse ante los tribunales, Yaicuaré elaboró una versión insostenible en la que argumentó que sus maniobras corporales respondían a estrictas "rutinas de control postoperatorio" y que el envío de los mensajes formaba parte de un "seguimiento profesional humanizado" para constatar su evolución. Sin embargo, los peritajes y las declaraciones del personal médico del Fernández desmintieron de forma categórica que los manoseos o el contacto personal por redes privadas formaran parte del protocolo sanitario.
A pesar de que el tribunal dio por acreditada la existencia del abuso sexual simple y la violación de los deberes de cuidado en el ejercicio de la enfermería, el dictamen judicial generó un fuerte rechazo por la levedad de la sanción impuesta. La Justicia le fijó a Yaicuaré una pena de ejecución condicional, lo que le permitirá cumplir la condena en libertad a cambio del acatamiento de pautas de conducta y una inhabilitación temporal para el ejercicio de su profesión.
El fallo dejó un amargo sabor entre los allegados a la víctima y las organizaciones que velan por los derechos de los pacientes en el sistema sanitario. La levedad de la condena abre un debate sobre la falta de severidad judicial frente a delitos cometidos por profesionales de la salud que utilizan su posición de poder y el estado de inconciencia o convalecencia de las personas para consumar abusos dentro de las propias instituciones médicas.