03 de Septiembre de 2026
Policiales / 02-09-2026

Fentanilo contaminado: procesaron a dos ex funcionarias por 90 muertes y les trabaron embargos por $500.000 millones





El juez federal Ernesto Kreplak consideró a Nélida Bisio y Gabriela Mantecón Fumadó partícipes necesarias de la adulteración de medicamentos. La resolución reconstruyó demoras y omisiones en los organismos de control.

En una resolución judicial de enorme trascendencia, el juez federal Ernesto Kreplak dictó el procesamiento sin prisión preventiva de dos ex funcionarias de máxima jerarquía sanitaria en el marco de la trágica causa por el fentanilo adulterado. La medida recayó sobre la ex titular de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), Nélida Agustina Bisio, y la ex responsable del Instituto Nacional de Medicamentos (INAME), Gabriela Mantecón Fumadó, por considerarlas partícipes necesarias del delito de adulteración de sustancias medicinales.  

El fallo del magistrado incluyó además la traba de embargos históricos por un monto de $500.000 millones sobre los bienes de cada una de las imputadas, cifra calculada para responder ante eventuales indemnizaciones civiles y la magnitud de los peritajes realizados. De acuerdo a la reconstrucción efectuada en el expediente, la causa acumula un trágico saldo de 90 pacientes fallecidos y decenas de sobrevivientes con secuelas graves tras haber recibido dosis del anestésico contaminado comercializado por la firma HLB Pharma y producido por Laboratorios Ramallo.  

Para sostener la acusación, la resolución judicial reconstruyó minuciosamente una cadena de "demoras e inacciones deliberadas" dentro de los organismos estatales encargados de fiscalizar la seguridad de los remedios en el país. El expediente acreditó que las ex funcionarias mantuvieron reuniones con los directivos del laboratorio implicado pese a conocer previamente graves irregularidades operativas y alertas críticas que recomendaban la inmediata inmovilización y retiro de los lotes defectuosos del mercado.

Entre los elementos de prueba más contundentes que valoró la Justicia figuran cruces de llamadas, chats de WhatsApp y la paralización prolongada de expedientes clave dentro del INAME. De forma explícita, la instrucción subrayó que la prohibición formal de uso y comercialización del lote 31.202 se firmó recién a mediados de mayo de 2025, cuando las muertes por el anestésico en establecimientos de salud ya se habían consumado de forma masiva.  

La situación procesal de las ex autoridades de control se suma a la de otros trece imputados que ya se encuentran procesados y detenidos en la causa, entre ellos los responsables ejecutivos del laboratorio y jefes de control de calidad. En su dictamen, el tribunal consideró que existió un "manto de cobertura estatal permisiva" que facilitó el accionar delictivo y la posterior falta de trazabilidad de los medicamentos distribuidos en el sistema sanitario nacional.  

Pese a que Bisio y Mantecón Fumadó mantendrán la libertad mientras avanza el trámite judicial, la medida del fuero federal sienta un antecedente determinante sobre las responsabilidades penales de los funcionarios públicos frente a omisiones en materia de salud pública. La causa continúa recolectando pruebas y peritajes médicos adicionales, mientras los familiares de las víctimas exigen la pronta elevación del expediente a juicio oral y público.

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