El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial la Resolución 37/2025, mediante la cual se habilita la compra y tenencia de fusiles semiautomáticos de uso civil condicional. La norma reemplaza la prohibición que estaba vigente desde hace más de tres décadas y establece un nuevo régimen de autorización y fiscalización a cargo del Registro Nacional de Armas (RENAR), dependiente del Ministerio de Seguridad.
Según la disposición, podrán acceder a estos permisos los legítimos usuarios registrados y las entidades de tiro deportivo, siempre que cumplan con una serie de requisitos adicionales. Entre ellos se destacan:
- Acreditar antecedentes limpios en materia penal y contravencional.
- Certificar aptitud psicofísica mediante estudios médicos actualizados.
- Demostrar idoneidad en el manejo de armas, con cursos y prácticas avaladas por el RENAR.
- Contar con condiciones de guarda seguras en el domicilio, con cajas fuertes o armeros homologados.
- Renovar periódicamente la autorización, bajo inspecciones y controles de la autoridad competente.
La resolución especifica que la habilitación alcanza a fusiles y subametralladoras de asalto derivadas de modelos militares, siempre que estén adaptadas para uso civil y cuenten con cargadores de quita y pon. Se excluyen las armas automáticas de uso exclusivamente militar.
Desde el Gobierno argumentaron que la medida busca “modernizar la normativa” y “alinear el régimen argentino con estándares internacionales de control de armas”. Sin embargo, la decisión generó debate en el ámbito político y social: mientras sectores vinculados al tiro deportivo celebraron la flexibilización, organizaciones civiles advirtieron sobre los riesgos de ampliar el acceso a armamento de alto poder de fuego.
Con esta reforma, el RENAR asume un rol central en la fiscalización y control de la tenencia de fusiles semiautomáticos, consolidando un esquema de permisos más estricto pero que, al mismo tiempo, abre la puerta a un mercado que hasta ahora estaba vedado para los civiles.